sábado, mayo 12, 2007

Recordando a don Bernardo Leighton III


Tiempo atrás, un pequeño grupo de amigos militantes demócratas cristianos, decidimos reunirnos para discutir y analizar a la luz de los desafíos actuales y del congreso en marcha, ideológico por cierto, sobre el pasado, presente, futuro y misión actual de nuestro partido, particularmente desde una mirada a la "vigencia del humanismo Cristiano como base doctrinal y el actual rol de los Partidos Políticos en democracia".
En este proceso de reconocernos fraternalmente, necesariamente surgió, una vez más en el silencio y con la humildad de siempre la enorme figura de don Bernardo Leighton. Y hoy descubrí el regalo de Otto Boye, quien en un Blog publicó para todos el texto completo de su libro, "Hermano Bernardo", publicado como el mismo dice, en Chile en Diciembre de 1982.
Los invito a leerlo y comentar.
pincha en HERMANO BERNARDO

domingo, diciembre 17, 2006

LA SOCIEDAD QUE LOS HUMANISTAS CRISTIANOS SOÑAMOS.



Creo que muchos de los que no hemos motivados en política hemos buscado una respuesta a la pregunta ¿por qué participamos en política?............ Y en realidad son muchos los motivos, pero hay que ser honesto, participar de lo público tiene la oportunidad de tener un reconocimiento de tus pares a través de un simple hecho de confianza como es que voten por ti y ganar una elección que es una de las sensaciones más especiales que alguien puede sentir, y hasta cuando es uno el derrotado le permite autoevaluarse, reinventarse varias veces. Pese ha ser una actividad altamente desprestigiada nunca pasa inadvertido y esa es una de las motivaciones que muchos políticos buscan el que se acuerde de él, el que las generaciones lo recuerden, tener el nombre de una calle, en otras palabras, superar la barrera de la muerte y pasar a la eternidad en el deporte o tener algún record “guinnes” por decir algo. Los cristianos que participamos en política buscamos algo más allá. El mejorar y cambiar el entorno que nos rodea, acabar con las injusticias, erradicar la miseria y constituir una sociedad con mayores oportunidades para todos, ese si que es un motivo.

Pero agreguemos una variable o motivación más al político cristiano la enorme tarea o misión temporal el construir el reino de Dios en la tierra. Pero ¿cómo construir el reino de Dios? Nada de simple definirlo y menos hacerlo.

Como definir la base de los valores de nuestra doctrina: solidaridad, justicia social y persona humana. Si no llamamos así mismos cristianos, la pobreza y la injusticia deben no sólo provocarnos rabia e impotencia, la relación con los que sufren el drama de la miseria debe ser una relación de iguales de tenderles una mano para ayudarlos pero no caer el asistencialismo y en la falsa compasión, nuestros hermanos con mayores carencia necesitan ser tratados con respeto y dignidad

Pero hoy el interesarse en política es algo raro, difícil y complejo.

La búsqueda de respuestas a esta situación a veces no es tan claro pero estamos en una época de cambios increíbles, tan increíbles que difícilmente los podemos apreciar, medir y menos anticipar.

La gran mayoría de las personas buscamos el éxito personal, ser profesionales, empresarios ganar bastante dinero, comprar cosas y una vez que tenemos hartas cosas comprarse una casa, acumular y acumular cosas y finalmente sentirnos vacíos.

Hoy las grandes apuestas en política son para los que solo sale más denunciando o más en televisión, casi sin espacios para soñar para hacer crecer más nuestros ideales.

El proceso de globalización ha hecho real la instantaneidad, desafiado el tiempo y el espacio ha generado la sensación de determinismos en el que algo podemos hacer cambiar nuestra propia vida y que muy poco es lo que se puede hacer para cambiar el rumbo de nuestro país.

Hablemos de nuestra historia, la de nuestros padres, generación que se quedó con los sueños truncados violentamente en la noche larga de la dictadura o en la tarde apática de la transición.

Los sueños propios se han reemplazado por frases como: “Lo único que quiero es que mis hijos salgan adelante”. Si no hacemos nada por construir nuestros sueños y los de nuestra comuna difícilmente podremos construir sus sueños nuestros hijos. Para la construcción lo que soñamos es imprescindible ser ciudadanos activos superando los conceptos de ciudadano legal, que cumple las leyes, o el ciudadano electoral, que va a votar. Tenemos que volver a ser ciudadanos activos de esos que participan activamente en los asuntos de nuestra comuna, es sentirse responsable del rumbo que toma las cosas.

Por que los principales causantes de los pésimos gobiernos no son las instituciones o causas económicas; es la falta de una ciudadanía activa que utilice los espacios de la democracia.

Hoy nos estamos entre dos derechas, sino entre dos gremialismos (de izquierda y derecha) que nos habla mucho de derechos y libertades que basan su discurso en las bondades del mercado o el estado, no en sus responsabilidades.

Teniendo como ejemplo lo que nos dijo Radomiro Tomic hace años: “Son las raíces las que dan vida a las plantas y no las flores. Son los pueblos – la base social compuesta por millones de hombre y mujeres los que hacen las naciones... la renuncia a sus responsabilidades por parte de los ciudadanos es la forma más degradada y degradante de la acción política”.

Cuantos están dispuestos a arriesgar nuestras vidas y evangelizar la política, tan solo tocando una melodía con un clarinete. (Como el jesuita de la película misión). San Pablo nos dice “vana es nuestra fe si Cristo no ha resucitado”. Esa es la esencia misma de la Democracia Cristiana: El Evangelizar la política es despreciar astucia del pragmatismo, el oportunismo político y la feria de interés personal. Es servir y ofrendarse a los demás como aquel carpintero de galilea hace dos mil años.

Aunque suene auto referente soñamos con una sociedad, más justa, más humana, más cristiana. En los años estudiante empezamos a construir estos sueños. No ha sido fácil, sentimos que hicimos algo pero faltó más por hacer. Pero lo aprendido no en las aulas, sino por participar en política será una experiencia que como profesionales nos ayudará a seguir construyendo este sueño. Pero más que como profesional como padre algún día tendremos a nuestros hijos sentado en las piernas, no solo le leeremos algún capítulo de “El Principito”, le transmitiremos nuestros sueños y le contaremos que todavía los renovamos y los seguimos construyendo y quizás ellos me pregunte:

“¿Pero quienes son los que construyen este Nuevo Chile?”.

¿Son los demócratas cristianos?

- no somos más que eso hijo

¿Son los aylwinistas, los freistas, los laguistas?

No hijo, son mucho más que eso, mira sus banderas, son los mismos del año 1810, los mismos de 1891, son los mismos de 1964 y 1988, Somos la Patria. ¡Gracias a Dios!

Si la patria que nace con cada día, que crece en los corazones de los hombres y mujeres soñadores. Somos la patria que renace y se reinventa con cada vida que asoma esta tierra regalo de creador, esa patria que nos desafía y nos invita hacer de esta la patria de todos sus hijos. Nos invita a ser servidores de los humillados, y quienes la injusticia social es una continua vigilia.

Fernando Arzola Burgos

domingo, septiembre 03, 2006

MI SUEÑO DE CHILE


Cardenal Raúl Silva Henríquez
Me preguntan por el país que sueño o que deseo.Y debo decir que mi deseo es que en Chile el hombre y la mujer sean respetados.El ser humano es lo más hermoso que Dios ha hecho.El ser humano es ¨imagen y semejanza¨ de la belleza y de la bondad de Dios.Quiero que en mi patria desde que un ser humano es concebido en el vientrede una mujer, hasta que llega a la ancianidad, sea respetado y valorado.De cualquier condición social, de cualquier pensamiento político,de cualquier credo religioso, todos merecen nuestro respeto.Quiero que en mi país todos vivan con dignidad.La lucha contra la miseria es una tarea de la cual nadie puede sentirse excluído.Quiero que en Chile no haya más miseria para los pobres.Que cada niño tenga una escuela donde estudiar.Que los enfermos puedan acceder fácilmente a la salud.Que cada jefe de hogar tenga un trabajo establey que le permita alimentar a su familia.Y que cada familia pueda habitar en una casa dignadonde pueda reunirse a comer, a jugar, y a amarse entrañablemente.Quiero un país donde reine la solidaridad.Muchas veces antes las distintas catástrofes que el país ha debido enfrentar,se ha demostrado la generosidad y la nobleza de nuestro pueblo.No es necesario que los terremotos solamente vengan a unir a los chilenos.Creo que quienes poseen más riquezas deben apoyar y ayudara quienes menos poseen.Creo que los más fuertes no pueden desentenderse de los más débiles.Y que los sabios deben responsabilizarse de los que permanecen en la ignorancia.La solidaridad es un imperativo urgente para nosotros.Chile debe desterrar los egoísmos y ambiciones para convertirse en unapatria solidaria.Quiero un país donde se pueda vivir el amor.¡ Esto es fundamental ¡Nada sacamos con mejorar los índices económicos o con levantar grandesindustrias y edificios, si no crecemos en nuestra capacidad de amar.Los jóvenes no nos perdonarían esa falta.Pido y ruego que se escuche a los jóvenes y se les responda como ellos se merecen.La juventud es nuestra fuerza más hermosa.Ellos tienen el derecho a ser amados. Y tienen la responsabilidadde aprender a amar de un modo limpio y abierto.Pido y ruego que la sociedad entera ponga su atención en los jóvenes,pero de un modo especial eso se lo pido y ruego a las familias.¡ No abandonen a los jóvenes! Escúchenlos, miren sus virtudes antes quesus defectos, muéstrenles con sus testimonios un estilo de vivirentusiasmante!Y por último, quiero para mi patria lo más sagrado que yo puedo decir: quevuelva su mirada hacia el Señor.Un país fraterno sólo es posible cuando se reconoce la paternidadbondadosa de nuestro Dios.He dedicado mi vida a esa tarea: que los hombres y mujeres de mi tierraconozcan al Dios vivo y verdadero, que se dejen amar por El y que lo amencon todo el corazón.Quiero que mi patria escuche la Buena Noticia del Evangelio de Jesucristo,que tanto consuelo y esperanza trae para todos.Este es mi sueño para Chile y creo que con la ayuda de María,ese sueño es posible convertirlo en realidad.Raúl

miércoles, agosto 23, 2006

MOBBING

Una expresión de Tutela en el Nuevo Procedimiento Laboral

En Chile, hasta la fecha, no existe una normativa especial respecto a las conductas de persecución psicológica o acoso moral, en las relaciones laborales. Por otro lado, vemos que ha empezado un germen de resonancia mediática con el término de Mobbing, el cual bajo la mirada comparada empieza de una forma muy limitada, para entrar a los medios informativos con formas y estructuras alteradas (vemos estudios publicados que el 69% de trabajadores chilenos, consideran que el trato de su superiores es irrespetuoso[1]), y pasar necesariamente su campo de discusión a los tribunales, que también bajo una mirada confrontada, comienzan en una escalada de definiciones y estructuraciones de lo que puede considerarse la figura en comento, con los claros efectos negativos que ello puede provocar. Claramente la cantidad de conductas atentatorias contra los trabajadores, ofensivas a sus derechos fundamentales por cierto, se manifiestan en forma evidente en las actuales relaciones laborales, y bajo la mirada de las nuevas tecnologías, cambios económicos y sociales, ellas pueden adoptar múltiples facetas y perspectivas, pero también es necesario precisar que sin una clara definición de las mismas, sin pisos que puedan establecer cuando realmente nos encontramos sobre dichas conductas, y no simplemente con otras formas de expresión de la dirección y control de una empresa, también sobre las base de los cambios que nos afectan, con la propias desavenencias que pueden existir en la conducta humana, el propio estrés laboral, la recarga de trabajo, o el denominado burn-out[2], nos podemos ver enfrentados a que cualquier desavenencia que se enmarque dentro de la relación laboral pueda ser considerada como atentatoria de derechos fundamentales; cualquier conflictividad y “llamadas de atención” que un superior pueda efectuar, legítimamente, a sus subordinados dentro del teatro laboral, puede ser llamado a vestirse de una conductas de persecución psicológica o acoso moral. En tal sentido, tratando de circunscribir a que podemos denominar Mobbing, podemos señalar, en forma indiciaria , que es una conducta ejercida en contra de un trabajador de una empresa, con una voluntad, de quién o quienes la ejercen, cierta, persistente y con una intensidad considerable, que provoca consecuencias negativas para el trabajador, comprometiendo su salud psicológica.
Para Heinz Laymann, el Mobbing es aquél fenómeno en que una persona, o grupo de persona ejerce una violencia psicológica extrema, de forma sistemática y recurrente – al menos una vez por semana – y durante un tiempo prolongado – más de seis meses – sobre otra persona en el lugar de trabajo, con la finalidad de destruir las redes de comunicación de la víctima o víctimas, destruir su reputación, perturbar el ejercicio de sus labores y lograr finalmente que esa persona o personas acaben abandonando el lugar de trabajo.
Marie_Frace Irigoyen, define el Mobbing como cualquier manifestación de una conducta abusiva, y especialmente, los comportamientos, palabras, actos, gestos y escritos que puedan atentar contra la personalidad, la dignidad, o la integridad física o psíquica de un individuo, o que puedan poner en peligro su empleo, o degradar el clima de trabajo.
El término Mobbing no es el único que ha sido utilizado para expresar la conducta antes referida, y vemos que en Gran Bretaña se ha calificado como Mobbing, al acoso grupal que sufre un trabajador; en Estados Unidos se ha preferido el término Bullyng, buscando más el concepto de intimidación; en países del norte de Europa se ha calificado como psicoterror, y en España se emplea el termino de acoso laboral. A mayor abundamiento, ya podemos señalar que existe, en el derecho comparado, un desarrollo de subclasificaciones de Mobbing, señalando solamente, a modo de ejemplo, el Bossing, que el acoso laboral del jefe superior, cuando el “Boss”, es quién acosa a sus subordinados; el Shunting, que importa un supuesto de aislamiento, la supresión de tareas importantes y responsabilidad claves, y de la suerte de dicho aislamiento se provoca los efectos de un quebrantamiento en la psiquis del trabajador, y Violence at Work, que es la expresión genérica que ha definido la OIT para referirse a éste fenómeno en sus informes.
En Chile, no existe un cuerpo legal que regule el marco del acoso moral, existiendo un proyecto de ley presentado por la parlamentaria Ximena Vidal , en Enero del año 2003. No obstante ello, la Ley 20.087, mediante sus artículos 485º al 495º ha incorporado en Chile un procedimiento de Tutela Laboral, el cual se aplicará, en la relación laboral, cuando se afecten los derechos fundamentales de los trabajadores, entendiendo por estos los consagrados en la Constitución Política de la República. Entendemos ciertamente que mediante la incorporación del nuevo texto legal, se abre una posibilidad cierta y determinada de poder accionar por, y en representación, del trabajador, cuando se provoque lesiones sobre sus derechos fundamentales, y entendiendo que las situaciones de Mobbing son por antonomasia atentados a los derechos del trabajador como persona, se abre claramente un medio procesal claro e idóneo para accionar en contra de tales conductas. En el mismo sentido, dicha estructura procesal viene a dar luz a una forma efectiva de poder accionar por el “ciudadano trabajador” esto es aquella persona dotada de derechos intrínsicos a su condición de tal, lo que responde a aquella creación jurisprudencial y doctrinal que en los países europeos comienza a desarrollarse a mediados del siglo XX, a partir de la teoría de Drittwirkung der Grundrechte en Alemania, que en palabras de Fernando Valdés Dal Ré, en su trabajo “Los derechos fundamentales de la persona del trabajador”, en el Informes Generales XVII Congreso Mundial de Derecho del Trabajo y Seguridad Social, “goza ya de amplio reconocimiento y se encuentra plenamente consolidado”.

FORMAS DE MOBBING.

Freud, el psicoanalista Vienes, establece que existe la disolución de la individualidad en las masas por medio de una doble identificación: horizontal en relación con el grupo y vertical respecto a su superior. Así, podemos establecer, y claramente no hemos dado cuenta en tantas situaciones sociales que nos ha tocado vivir, que el comportamiento de un grupo de personas, no es el cuociente de la suma de las conductas, dividas por el número de ellas, sino el grupo genera una nueva voluntad, nuevas formas de comportamiento, muchas veces sorprendente con relación a quienes han constituido dicho colectivo social.
De suerte de lo expuesto, podemos clasificar al Mobbing en tres clases.

a) Mobbing descendente, o el que se genera desde una posición dominante (también llamado Bossing).

En este tipo de acoso moral, la presión al trabajador se provoca mediante la estructuras de diferente posición de poder que existen en una empresa. El puesto dominante genera acciones de acoso para el trabajador, y su actor no requiere de otros aliados, trabajadores, dentro de la organización empresarial para cometer la lesión. Este tipo de presión, existen estudios por diversas Universidades Europeas, es aquél que daña más al trabajador, pues es el realizado de una forma más ofensiva, cuando no sólo el trabajador percibe los ataques constantes y uniformes de su superior, de su jefe, sino también la indiferencia de sus compañeros, llamados los testigos mudos, lo cual se traduce en que al cabo del tiempo el trabajador ingresa en un proceso de autoinculpación, tratando lógicamente de asumir que si su jefe lo ataca, y sus compañeros de trabajo ingresan en una actividad pasiva, necesariamente debe ser efectiva las razones por las cuales se encuentra atacado. Mediante un estudio de la consultora Otto Walter, publicada en el Diario El País, el 18 de Noviembre del año 2003, se retrataron los rasgos clásicos de un jefe autor de Mobbing, los cuales se traducen en mal educado, vanidoso, prepotente, incapaz de reconocer sus errores y con un exacerbado afán de protagonismo.

b) Mobbing Horizontal.

En el marco del comportamiento empresarial, es aquél que se provoca entre posiciones iguales y similares, en el organigrama de la estructura de relaciones laborales. La presión deriva de una mayor fortaleza psicológica de un trabajador, o de la unión de varios compañeros de trabajo, en contra de uno u otros. Ahora bien, ello no basta, por lo que debemos encontrar también una actitud permisiva por parte de los superiores en la jerarquía empresarial, y que en muchos casos con una aplicación darwinista, e incluso bajo conceptos neo fascistas, provocan éste enfrentamiento, los superiores, para llegar a una selección natural de los mejores trabajadores a su juicio, aquellos que son capaces de resistir mayores presiones dentro del campo laboral, convirtiéndose el superior en un cooperador esencial dentro de éste esquema de acoso moral.

c) Mobbing ascendente.

El Mobbing ascendente, se provoca cuando un grupo de compañeros de trabajo, coordinados en forma sistemática, entienden la necesidad de atacar y acosar a su superior, ya sea porque el jefe no ha crecido con ellos (fusiones o adquisiciones de empresas); por la estimación que el grupo efectúa de sus aptitudes (edad, sexo o capacidades profesionales), o incluso por razones de discriminación pura, atendido criterios de nacionalidad, etnia o opinión política.

Heiz Leymann, bajo estudios efectuados el en Norte de Europa, ha establecido que el Mobbing descendente, alcanzaba aproximadamente en el 37%; el horizontal, el 44%, y el Mobbing ascendente el 9%[3].
Piñuel y Zabala, en una encuenta efectuada en Madrid y sus alrededores, han dado mostrado resultados de Mobbing descendente, en el 43%; el horizontal, el 42%, y el Mobbing ascendente el 2,5%[4].

d) Falso Mobbing

Sin ser precisamente un tipo o clase de Mobbing, encuentro necesario referirme al falso Mobbing, dado la necesidad de dar cuenta que la figura falsa, también se nos enseñará ante nuestra presencia, y deberemos tener las armas y el expertiz necesario para rechazarlo.

El mayor riesgo que tiene el Mobbing, como ha sido señalado por muchos autores en el derecho comparado, es el Falso Mobbing. Aquella creación artificial de escenarios de acoso, que pueden poner en tela de juicio la aplicación efectiva de las sanciones por acoso moral.

Frente a ello, los tribunales españoles han sido bastantes claros:

“Las demandadas, tanto al principio del juicio, como en las fase de sus conclusiones, denunciaron el uso abusivo de este procedimiento y lo calificaron de temerario. Opinión que compartimos, ya que durante el transcurso del juicio , poco a poco, este juez pudo entrever cual era la intencionalidad de la demandada, hasta llegar a la absoluta convicción, como así lo reconoció la actora, que con está, no se perseguía que el Juzgado salvaguardara sus derechos fundamentales, presuntamente infringidos, sino más bien conseguir establecer, por un lado, la fecha de inicio de la relación laboral y, por otro, en caso de no conseguirlo, como realmente ha pasado, presionar a la empresa para llegar a un acuerdo indemnizatorio, que se acerque más a los 26.000 € que solicitaba la actora, que los 2.400 € que ofrecía la comunidad de copropietarios.
Cuando, como ocurre en el caso enjuiciado, se utiliza un procedimiento tan especial como es el de tutela de derechos fundamentales, y se hace de forma injusta, con unos propósitos oscuros, no prevista en éste, y con claro animo de perjudicar a la parte demandada, obliga a este juez, como ya se advirtió en el juicio, y para que éste tipo de conductas no se prodiguen, a imponer por mala fe y temeridad la sanción que en el grado máximo prevé el artículo 97 LPL (600 €)”. [5]

Dos pequeñas reflexiones me parecen muy necesarias. La primera, la importancia que revisten en los procesos orales el principio de inmediación contemplado en el artículo 425 y 427 del texto de la reforma. El Juez, cuya presidencia ha efectuado, ha dado cuenta de las reales intenciones de la trabajadora, cuando ha palpado, y ha investigado en forma profunda, levantando el velo de las reales intenciones de las partes, lo cual sin lugar a dudas, sería difícilmente aplicable cuando estamos en presencia de escritos interminables, y procedimientos que claramente impiden develar el núcleo mismo de la intención final de las partes. Y la segunda reflexión, esta dada por estar absolutamente convencidos de la necesidad que existiera una herramienta procesal como la que estudiamos en este trabajo, y sus argumentos ha favor nadie los podría desestimar, pero cuando un procedimiento tutelar de la naturaleza que habla el artículo 485 y siguientes, del texto de la Ley 20.087, es utilizado en mala manera, creemos necesariamente debería existir una sanción para su uso temerario, absolutamente ausente en el cuerpo legal en estudio, como si se encuentra presente en el artículo 171º del Código del Trabajo, en su último inciso, obligando a indemnizar los perjuicios que cause al afectado, cuando estamos en presencia de intención de lesión de honra.

EL ACOSADOR Y EL MOBBING

Según Leymann, el acosador se caracteriza por experimentar sentimientos de miedo e inseguridad hacia su propia carrera profesional, por lo que intenta entorpecer el trabajo así como denigrar la imagen profesional de las personas que considere como una amenaza para su reputación y posibilidades de promoción.

Las reacciones de las personas afectadas por una situación de acoso moral varían según las características de cada persona. Existen variables de tipo personal que necesariamente pueden modificar los efectos en cada sujeto, tales como las posibilidades y recursos que cada persona tiene para enfrentar los conflictos y las tácticas, y estrategias, para abordar las relaciones humanas en general, todo lo cual influye en las reacciones que tenga frente al acosador y en el desarrollo que tengan los hechos.

Por otra parte el acoso moral es un proceso que evoluciona y que tiene diferentes niveles o grados de desarrollo en el tiempo. Se distinguen en cuatro fases que son fundamentales:

Fase 1. INCIDENTES CRÍTICOS: en un primer momento, se habla de incidente crítico o acontecimiento precipitante. Se debe distinguir tal incidente de los conflictos habituales que surgen en el medioambiente de trabajo. El problema surge cuando los conflictos no son resueltos y estos se cronifican, lo cual daría lugar al desarrollo de una situación de acoso moral.

Fase 2. ACOSO Y ESTIGMATIZACIÓN: en esta fase, la víctima empieza a recibir ataques psicológicos por parte del acosador, que en sus inicios le causa desconcierto y tiende a evitar. Los Trabajadores también pueden verse sorprendidos por esta situación y no prestan la atención que se requiere, le restan importancia e incluso se niega lo que ocurre. Estas actitudes provocan el empeoramiento y prolongación de la situación.

Fase 3. INTERVENCIÓN DE LA AUTORIDAD: la dirección de la organización comienza a ser consciente de la gravedad de la situación, lo que requiere medidas de intervención. Estas pueden ser orientadas a la resolución del conflicto o por el contrario, pueden ir dirigidas a la negación y ocultamiento del problema, lo que incrementa la gravedad de la situación y el malestar de la persona afectada.

Fase 4. EXCLUSION: debido a que la situación persiste, la víctima puede ser etiquetada como trabajador “difícil” o “problema” o con problemas de salud mental, lo cuál terminará por desembocar en una expulsión o abandono del puesto de trabajo. Es frecuente que el trabajador se vea obligado a pedir la licencias médicas ante la incapacidad de continuar realizando las labores habituales.

EFECTOS DEL MOBBING Y EL SUJETO PASIVO DE LA LITIS

Uno de los temas que no han sido pacíficos, ha sido diferenciar el Mobbing, con los efectos de éste, y dentro de sus efectos a nivel físico podemos encontrarnos con diversas manifestaciones patológicas psicosomáticas, desde dolores y trastornos funcionales hasta trastornos orgánicos, que sin lugar a dudas en muchos casos ha creado lesiones e incapacidades de carácter permanentes, y en otras por la dificultad de su origen reactivo su tratamiento ha sido muy complejo, dado que ha sido necesario previamente detectar el conflicto que existe en el seno laboral.
En este orden de ideas, una vez constatada la grave afección del trabajador, ¿contra quién podrá accionar el mismo?. ¿Cual es el sujeto pasivo?, y todo ello entendiendo el deber de protección y seguridad que le cabe a la empresa, dentro de esta relación efectuada.
Frente a ello es conveniente, siguiendo a Ramon Gimeno Lahoz[6], distinguir tres supuestos necesarios:
a) Si el trabajador hubiera puesto en conocimiento de la empresa, entendida esta en su estructura jerárquica, el acoso moral que se estaba provocando, conforme al artículo 184º y artículo 7º de la Ley 16.744, el sujeto pasivo claramente será la empresa.
b) Si el trabajador no hubiera puesto en conocimiento de la empresa el acoso moral que se estaba provocando, pero dicha situación fuere del todo evidente, conforme al artículo 184º y artículo 7º de la Ley 16.744, el sujeto pasivo seguirá siendo será la empresa.
c) Si el trabajador no hubiera puesto en conocimiento de la empresa, y el acoso moral que se estaba provocando no fuera evidente, la empresa no podría considerarse sujeto pasivo de la infracción de lesión de derechos fundamentales, dado que al no existir una responsabilidad objetiva de la empresa, no ingresaría dentro de su esfera de responsabilidad[7].

CONCLUSIÓN

La Ley 20.087, ha venido a recoger la necesidad de contar con una herramienta eficaz, que puede intervenir dentro de la relación laboral, donde el respecto a los derechos ciudadanos guardan el papel más importante, en el iter de la relación contractual laboral. Sobre ello, y a nuestro modo de ver, así una de las más eficaces reformas se traduce en la incorporación del procedimiento de Tutela Laboral, donde el Mobbing, puede ser efectivamente repudiado, y atacado en forma eficaz.
El desafió para la utilización correcta y eficiente del medio procesal que se nos entrega, es su uso adecuado, y debido, por los operadores del derecho; no haciendo abuso del mismo, y evitando buscar resultados pecuniarios mayores, bajo las nuevas figuras indemnizatorias que se presentan, a fin que no exista un descrédito del mismo.
En el particular análisis del Mobbing, la utilización abusiva de las herramientas procesales para combatirlo, en el derecho comparado, ha dado lugar a lo que Ramón Gimeno Lahoz[8] ha llamado el “miedo escénico al Mobbing”, donde por el efecto de su alegación indiscriminada, de una falta delimitación del mismo, donde todos piensan que se encuentran en esta figura, ha provocado una desconfianza de tal naturaleza, que los profesionales del derecho, por el descrédito que se ha generado, han preferido huir del mismo y seguir las herramientas procesales ordinarias, cuando ello da más seriedad, y asegura un resultado favorable.
Esperemos que estas líneas aporten para un debate mayor, confiando que habiendo cumplido, al parecer, nuestra mayoría de edad, en la materia tratada, sepamos ingresar en esta vida adulta, y desarrollarnos en buena manera.

[1] Portal Web, de la Dirección del Trabajo.
[2] Termino anglosajón que se traduce como estar quemado, provocado por un trabajo no estimulante o rutinario que provoca una baja estima en el trabajador.
[3] Leymamm, Heinz Mobbing: la Persecution au travail. Eds.du Seuil. París. 1996, pág. 60.
[4] Piñuel y Zabala, I. Mobbing. Como sobrevivir al acoso psicológico en el trabajo. Sal Terrier, Santander, 2001, pág. 55 y 306..
[5] Sentencia del Juzgado de Lo Social Nº 3, de Girona, de fecha 20 de febrero de 2004.
[6] La Presión Laboral tendenciosa (El Mobbing desde la óptica de un Juez). Lex Nova. Junio 2005
[7] José Conesa Ballestero y Mirian Sanahuja Vida. Acoso Moral en el Trabajo. Tratamiento Jurídico del Mobbing. Revista de actualidad Laboral, número 30. Editorial La Ley – Actualidad (pág. 654).
[8] Obra citada.

Andrés E. Rojas Zuñiga
Abogado,
Socio de Arzola&Rojas Cía. Ltda.
Firma de Abogados